LÍMITES A LA CONVENCIÓN CONSTITUYENTE EN CHILE
Chile comenzará, desde el 11 de abril de 2021, un proceso de reemplazo de Constitución Política, en dicho día se procederá a elegir a las 155 personas encargadas de redactar la nueva Carta Magna y el debate gira en torno a si la potestad constituyente que redactará la nueva Constitución sobre una hoja en blanco, si reconoce límites y en tal caso ¿cuáles serán estos?
La respuesta está en el actual texto de la Constitución que fija el procedimiento de reemplazo constitucional. El límite de los poderes de la Convención Constituyente se fijó en la Reforma Constitucional del 24 de diciembre 2019 que modificó el artículo 135 de la Constitución, el cual indica, que la futura redacción de la Nueva Constitución que se someta a plebiscito “deberá respetar el carácter de República de Chile, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas; los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”. Queda plasmada la tradición chilena del respeto a los Tratados y Pactos internacionales que se han suscrito a lo largo de su historia, no obstante, ¿cuál es el límite?
Existen, dos posturas al respecto. La primera, sostiene que la Constitución es una cuestión de derecho interno que no puede modificar los Tratados Internacionales sin que la modificación no sea un incumplimiento del Tratado respectivo, y además que la Asamblea no puede modificar los Tratados porque así lo dispuso la normativa constitucional que creo la Asamblea, sin que previamente se modifique la constitución y se elimine ese límite, pero que la Asamblea no tiene la facultad de cambiar la reforma constitucional que la creó y le fijó sus límites. La segunda posición sostiene que la Constitución es una norma de rango superior y todas las normas deben guardar conformidad con ella, de tal forma que los Tratados Internacionales no son una excepción a esta regla, y de este modo no habría tal incumplimiento, pues el tratado no puede superponerse a la soberanía, posición la refutan diciendo que, aunque ello fuera aceptable, la asamblea no puede derogar su límite de los tratados internacionales que se impuso en la reforma que la crea.
De lo indicado, lo cierto es que todas las operaciones jurídicas en Chile están sujetas a los tratados internacionales y en la actualidad Chile, entre otros, cuenta con 407 Convenios Internacionales; 29 Acuerdos de Libre Comercio y ha ratificado 39 Tratados Internacionales en materia de Derechos Humanos.