OPEN DATA DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA: ¿A QUÉ NO TENEMOS FÁCIL ACCESO LOS CONTRIBUYENTES? | Cámara de comercio Canadá-Perú
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OPEN DATA DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA: ¿A QUÉ NO TENEMOS FÁCIL ACCESO LOS CONTRIBUYENTES?

OPEN DATA DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA: ¿A QUÉ NO TENEMOS FÁCIL ACCESO LOS CONTRIBUYENTES?

 

Sergio Vega-León

Socio en Zuzunaga, Assereto & Zegarra Abogados

Una de las tantas lecciones que nos deja el COVID-19 es que la compartición de información estadística oficial podría mejorar la gestión pública, porque, bajo la lupa de los ciudadanos, nuestras autoridades hacen esfuerzos para mejorarla -queda claro que algunos de ellos son exitosos y otros, no-.    

En lo que respecta a la gestión a cargo de nuestras autoridades tributarias en el país, queda un largo camino por recorrer. A título ilustrativo, vemos que, a la fecha, no existe información oficial disponible publicada en los portales de la SUNAT, del Tribunal Fiscal ni del MEF, vinculada con el número de fiscalizaciones practicadas por año, el sector al que pertenece el contribuyente auditado, la duración del procedimiento y los tributos acotados; así como tampoco respecto de los plazos reales de resolución de impugnaciones y al porcentaje de deudas mantenidas o reducidas por el órgano que las resuelve.

Se trata de información estadística que está en poder de nuestras autoridades y a la que cualquier contribuyente tiene derecho a acceder, de manera simple y oportuna, aunque también detallada -tal como ocurre con la data del COVID-19-, y sin que ello implique el quebrantamiento de la reserva tributaria protegida por la Constitución.

Dicha información le permitiría al contribuyente determinar si debe asignar recursos a la defensa de un caso basado en la probabilidad de que se resuelva favorablemente o en los plazos involucrados, así como hacer predicciones acerca de cuándo se le iniciaría una fiscalización, lo que incluso podría tener un efecto disuasivo deseado con relación a conductas de elusión fiscal. Todo ello basado en un análisis cuantitativo solo realizable si es que se tuviera acceso a la estadística antes referida.            

La SUNAT ha invertido recursos para contratar expertos en el manejo de Big Data de los contribuyentes. Esta base de datos se nutre continuamente y lo seguirá haciendo producto del intercambio de información tributaria y financiera, que es el resultado de los instrumentos multilaterales suscritos por el gobierno en los últimos años. El propósito es claro: aumentar la recaudación tributaria.

No obstante, con toda la información que obtiene, procesa y genera, creemos que la SUNAT también deberá aumentar su nivel de accountability frente a la ciudadanía. Una manera de hacerlo es a través de una política de open data, bajo la cual el contribuyente pueda acceder, entre otra, a la información previamente comentada[1].

La colaboración Estado-contribuyente es un camino de ida y vuelta, siendo esencial para el fortalecimiento institucional y el aumento de la confianza que tanto se necesita en tiempos de crisis -y en los de auge, también-. Los datos abiertos tributarios podrían ser una pieza clave para alcanzar dichos objetivos, tal como ocurre en el caso de la lucha contra el COVID-19. Quizá con ello una porción más grande del rebaño pase a formar parte de la base tributaria.  

 

[1] Si bien técnicamente bajo la legislación de transparencia y acceso a la información un contribuyente podría obtener algunos datos, el concepto de open data implica que dicho acceso sea inmediato, libre, en tiempo real y de manera automática, sin necesidad de seguir un procedimiento administrativo para solicitar información, con todas las ineficiencias que esto último conlleva -los plazos y el error humano en la interpretación de la solicitud son algunas de ellas-.